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PREGUNTAS

General

GE NERAL

1.) ¿Necesito un abogado de inmigración para ayudarme con mi caso?

 

No, no "necesita" un abogado de inmigración para presentar su caso o para que su caso sea aprobado. Sin embargo, puede ser útil consultar al menos con un abogado de inmigración para asegurarse de que no haya "problemas" obvios o no obvios con su caso. Al consultar con un abogado de inmigración, puede saber que ciertos hechos pueden complicar su caso. Al darse cuenta de estas complicaciones, es posible que pueda preparar adecuadamente su caso y evitar que se le niegue.

 

2.) Está bien. Quiero consultar con un abogado de inmigración, ¿cómo encuentro uno?

 

Si el dinero es una consideración, es posible que desee buscar un abogado de inmigración que ofrezca una consulta inicial gratuita. También puede consultar primero en www.ailalawyer.com ya que estos abogados deben cumplir con los siguientes requisitos: (1) Miembro aprobado de la Asociación de Abogados de Inmigración Estadounidense (AILA) durante al menos 2 años (2) Tener al menos $ 100,000 en negligencia legal seguro (3) Completó al menos 9 horas de clases de Educación Legal Continua (CLE) durante el último año (4) Licenciado y al corriente con un Colegio de Abogados del Estado.

 

3.) ¿Cuánto me costará un abogado de inmigración?

 

Los honorarios del abogado variarán según el tipo y la complejidad de su caso. Generalmente, un abogado de inmigración hará una entrada para recopilar información para determinar la complejidad de su caso antes de cotizarle los honorarios de su abogado. Si tiene un presupuesto específico, puede solicitarle al abogado que cotice los honorarios de su abogado como una tarifa plana en lugar de proporcionarle su tarifa por hora.

 

 

 

Tarjetas verdes basadas en la familia

1.) ¿Cómo puedo obtener una tarjeta verde para mi familiar si soy ciudadano estadounidense o residente permanente legal de los Estados Unidos?

 

Un ciudadano de los EE. UU. O un residente permanente legal de los EE. UU. No puede traer directamente a todos los parientes a los EE. UU., Su relación con su familiar debería ser la de un pariente inmediato (de un ciudadano de los EE. UU.) O encajar en una de las categorías de preferencia familiar. Las siguientes son las relaciones familiares específicas que califican:

 

(1) Cónyuge de ciudadano estadounidense

(2) Hijo / a de ciudadano estadounidense

(3) Padre de ciudadano estadounidense *

(4) Hermano / Hermana de ciudadano estadounidense

(5) Cónyuge de un residente permanente legal de EE. UU.

(6) Hijo / a soltero de un residente permanente legal de EE. UU.

 

* El ciudadano estadounidense debe tener 21 años o más para solicitar a sus padres

 

Para su información, los ciudadanos estadounidenses pueden solicitar que su prometido / a ingrese a los Estados Unidos con una visa de no inmigrante (K-1) para casarse con ellos.

 

2.) ¿Qué debo presentar para obtener una tarjeta verde para mi familiar si soy ciudadano estadounidense o residente permanente legal de los Estados Unidos?

 

El primer paso será completar y presentar el Formulario I-130 junto con la documentación requerida que pruebe la relación familiar calificada. El segundo paso variará dependiendo de si su familiar está en los EE. UU. O fuera de los EE. UU. Cuando su fecha de prioridad se vuelva actual. Por lo general, si se encuentran fuera de los EE. UU. Cuando su fecha de prioridad esté vigente, se someterán al procesamiento de visa de inmigrante y, si están dentro de los EE. UU., Presentarán el I-485 para solicitar un ajuste de estatus. La cantidad de tiempo que su familiar deberá esperar entre los dos pasos variará dependiendo de si es un pariente inmediato o la categoría de preferencia basada en la familia. Si su pariente está en los EE. UU. Y es un pariente inmediato o su fecha de prioridad es actual y, de lo contrario, es elegible para solicitar un ajuste de estado, es posible que pueda presentar el I-485 antes de la aprobación del I-130.

 

 

3.) ¿Qué es una fecha de prioridad? ¿Cómo sé si está vigente?

 

Su fecha de prioridad es aproximadamente la fecha de presentación del I-130. Generalmente, no verá su fecha de prioridad hasta que reciba su aviso de aprobación I-130. Desafortunadamente, no todos los miembros de la familia para quienes presenta un I-130 pueden solicitar la residencia permanente legal en los EE. UU. De inmediato. Si bien no existe un "período de espera" para los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses (el cónyuge, el hijo / a soltero menor de 21 años y el padre de un hijo / a que tiene al menos 21 años), deberá Consulte el gráfico del gobierno de EE. UU. en un mes determinado para ver si una determinada categoría de preferencia familiar es actual (como se indica con una "C" en el campo correspondiente del gráfico del gobierno de EE. UU.) o si su fecha de prioridad es actual (es decir, su fecha de prioridad es anterior a la fecha indicada en el campo correspondiente del gráfico del gobierno de EE. UU.). Si solicita la residencia permanente legal en los EE. UU. Dentro de los EE. UU. A través de la I-485, consultará el Cuadro de ajuste de estatus de USCIS y, si solicita la residencia permanente legal en los EE. UU. Desde fuera de los EE. UU., Hará referencia a el Boletín de Visas de DOS .

 

4.) ¿Cómo obtengo una tarjeta verde para mi prometido / a si soy ciudadano estadounidense?

 

La única opción para un prometido de un ciudadano estadounidense, si no se va a casar antes del proceso de inmigración de los Estados Unidos, es la visa de prometido / prometida K-1. Esta es una visa de no inmigrante para ingresar a los EE. UU. Para casarse con el prometido / prometida ciudadano estadounidense dentro de los 90 días posteriores a la entrada. Después de casarse con el ciudadano estadounidense dentro de los 90 días posteriores a la entrada con la visa K-1, el cónyuge extranjero podría presentar el I-485 basado en su matrimonio con su cónyuge ciudadano estadounidense.

 

5.) Soy ciudadano de los EE. UU. Y mi cónyuge extranjero está fuera de los EE. UU. Escuché que hay una visa K-3 para traerlos a los EE. UU. ¿Debo hacer la visa K-3 o mi cónyuge debe procesar la visa de inmigrante fuera del ¿NOS?

 

La visa K-3 es una visa de no inmigrante para que el cónyuge de un ciudadano estadounidense ingrese a los EE. UU. Y solicite la residencia permanente legal en los EE. UU. Desde dentro de los EE. UU. Solicitar la visa K-3 podría acortar el tiempo que los cónyuges están separados de cada uno. Sin embargo, incluso si solicita la visa K-3 presentando el I-129F después de que se haya presentado el I-130, no se garantiza que su cónyuge finalmente tenga la oportunidad de obtener la visa K-3, ya que si el I- 130 se aprueba al mismo tiempo o antes de que se apruebe el I-129F, el I-129F se cerrará administrativamente y el cónyuge extranjero tendrá que someterse a un proceso de visa de inmigrante. No hay una tarifa de presentación adicional para el I-129F, sin embargo, si contrata a un abogado para el caso, es probable que haya honorarios de abogado adicionales por el Formulario adicional.

Family Base Green Card
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